Bankaren mugak
2016ko uztailaren 17an DEIAn argitaratutako erreportaia EKA/ACUVen adierazpenekin
En los últimos tiempos, la Justicia acorrala a las entidades bancarias imponiendo sentencias y castigos que recortan los excesos cometidos con sus clientes en forma de cláusulas abusivas que son anuladas incluso con carácter retroactivo.
TODO tiene un límite. De marcarlo debidamente se encargan, entre otros, el tiempo, la física, las leyes y la moral. En las últimas fechas, el sistema bancario español y muchos de sus clientes han contenido el aliento a la espera de lo que anunciase el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Paolo Mengozzi. De sus conclusiones se iba a intuir por dónde puede ir la sentencia que antes de final de año emitirá el tribunal europeo respecto al debate de las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios. La decisión no era un asunto menor. Toda vez que se señalizaron los límites legales, puesto que ya había quedado claro que muchos bancos estatales habían abusado de sus clientes con esta herramienta, estaba en juego poner un límite en el tiempo a las responsabilidades de esta práctica.
La guerra judicial contra las cláusulas suelo de las hipotecas se inició hace casi un lustro con un goteo continuo de demandas particulares que, sistemáticamente, conseguían su nulidad y la consiguiente devolución por parte del banco del dinero que habían cobrado a sus clientes indebidamente.
Una demanda andaluza contra BBVA, Cajas Rurales Unidas y Novacaixagalicia fue recurrida al Tribunal Supremo (TS) que, aun fallando en favor de los consumidores, planteó dos matices controvertidos. “No declaraba nulas las cláusulas suelo por ser abusivas, sino porque no habían sido bien explicadas a los consumidores en los contratos”, explica José Luis Segura, de la Organización de Consumidores y Usuarios Vasca (OCUV), “decir eso significa que se puede abusar del consumidor siempre y cuando se le informe previamente de que se va a abusar de él”.
Los consumidores reclaman que, si una cláusula es declarada nula, debe actuarse como si esta nunca hubiese existido, como dice el Código Civil en el Artículo 1303, y devolver todo el dinero que se ha pagado como consecuencia de su aplicación desde que se firmó el contrato. De hecho, así se había actuado tras las sentencias favorables a los consumidores en demandas particulares. Pero el TS dio un segundo golpe a los consumidores y señaló que su pronunciamiento no comportaba las devoluciones ya satisfechas, poniendo como límite temporal para la retroactividad de la devolución en mayo de 2013, fecha en la que emitió su resolución. Ponía como argumento que “si los bancos tuvieran que devolver todo lo cobrado, podrían generarse trastornos graves con trascendencia en el orden público económico”. A José Luis Segura ese argumentó le indignó: “Al alto tribunal no debe parecerle un trastorno grave el enorme drama social de los desahucios, a los que sin duda están contribuyendo las cláusulas suelo de las hipotecas”.
Un juzgado de Granada preguntó al TJUE cuál es entonces el criterio a aplicar en la nulidad de una cláusula suelo, la doctrina acuñada por el TS o lo que dice el Código Civil. El pasado miércoles el abogado general de dicho organismo secundó los argumentos del TS, lo que ha indignado a los consumidores. “Es un fraude de ley porque el Código Civil es una Ley que el Supremo y el abogado del TJUE se han saltado a la torera”, se lamenta José Luis Segura”. Ahora toca esperar para comprobar si la sentencia sigue el argumento esgrimido por el abogado general.
Las consecuencias
La banca estatal ha respirado tranquila tras conocer esta semana el informe del abogado del TJUE, pero no se atreve a lanzar las campanas al vuelo. Nadie sabe a ciencia cierta cuál es el montante al que tendrían que hacer frente en caso de tener que devolver el dinero aplicando una retroactividad total. Diferentes informes han lanzado cifras que bailan entre los 5.000 y los 7.500 millones de euros. José Luis Segura recuerda que “el dinero público que se ha gastado el Gobierno español en rescatar a los bancos ha sido muchísimo más”. Concretamente, 61.495 millones de euros.
Se estima que en el Estado son más de 3,3 millones de contratos hipotecarios los afectados por las cláusulas suelo. La plataforma Denuncias Colectivas estima que, de devolverse el dinero reclamado sin el tope establecido por el TS en mayo de 2013, cada afectado recibiría una media de 13.944 euros. Algunos bancos incluso se han aventurado a hacer estimaciones. Liberbank ha cifrado en 259 millones los que tendría que devolver, mientras que Caixabank ha tasado el estropicio en 750 millones de euros.
José Luis Segura, de OCUV, no duda en criticar la postura adoptada por el abogado del TJUE: “El poder político se pliega a los intereses de los mercaderes, antepone los intereses de la banca por encima de los intereses de los ciudadanos. Nos parece ilegal”. En la misma línea se pronunció el miércoles Manuel Pardos, de Adicae, que ironizaba: “¡Pobrecita banca española que ha hecho un fraude enorme y ahora no lo puede pagar!”. Otra asociación de consumidores, Asgeco, advertía del mazazo que supondría que la sentencia europea siguiese el criterio del TS: “Los engaños masivos a los consumidores pueden estar protegidos por la Justicia. La obligación de protección de derechos de los consumidores valen para las tintorerías, pero no para los bancos”. José Luis Segura invita a repasar la historia de la nueva Europa para entender lo que está pasando: “En Europa empezó la libre circulación de mercancías y capitales mucho antes que la libre circulación de personas y ciudadanos. Los derechos de las personas siempre han ido por detrás. Aquí la que manda es la banca. Por más que el sistema financiero haya abusado de los consumidores en este tema y en otros muchos, no podemos obligar a los bancos a que devuelvan el dinero. Nos parece una vergüenza”.
Un golpe a Kutxabank
Además de todo lo relacionado con la cláusula suelo, estos días también ha sido actualidad una sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Gasteiz contra Kutxabank. Se trata del éxito de una demanda de ACUV en la que solicitaba que la entidad vasca dejase de imponer a sus clientes una comisión de reclamación por posiciones deudoras, de 30 euros, cada vez que el cliente dejase una cuenta en saldo negativo. Se trata de la primera acción de cesación que se gana en el Estado español contra una comisión bancaria y, a la vez, una muestra de que las decisiones judiciales empiezan a dibujar los límites a las acciones y abusos de los bancos.
Una sentencia de este tipo va más allá de un caso particular y obliga a Kutxabank a dejar de imponer esta comisión a sus actuales clientes y a los que tenga en el futuro. “La sentencia dice que no se puede justificar que esa comunicación del descubierto, que muchas veces ni se hace, pueda generar un gasto de 30 euros al banco”, explica José Luis Segura, “los clientes reciben un montón de comunicaciones de manera gratuita. ¿Por qué esta es de pago? ¿Es un castigo encubierto como reclamación de posición deudora?”. Además, los clientes que han sufrido esta comisión pueden solicitar su devolución.
Kutxabank, que ha anunciado que recurrirá la sentencia a la Audiencia Provincial, se defiende argumentando que esa cláusula cuenta con el beneplácito del Banco de España, entidad que en los últimos tiempos ha visto cómo muchas de las cláusulas que da por buenas son anuladas en los juzgados. El Banco de España, por cierto, ha sido un colaborador necesario en el problema de las ya mencionadas cláusulas suelo. Hay que tener en cuenta que es el supervisor del sistema bancario y defiende las cláusulas suelo porque, si no lo hiciera, la banca podría pedirle la responsabilidad civil de las mismas por haber permitido su comercialización.
Esta cláusula de números rojos es muy común entre los bancos estatales. ACUV ha anunciado que solicitará a todas las entidades que dejen de aplicarla o, de lo contrario, presentará demandas como la interpuesta a Kutxabank. “Con el precio del dinero tan bajo los bancos están ganando poco con los préstamos y llevan 4 o 5 años apretando de forma escandalosa con las comisiones”, describe Segura, “no hay ninguna legislación que diga qué comisiones pueden cobrar los bancos ni que ponga un tope a esas comisiones. Se pueden inventar una comisión cada día y cobrar por ella lo que les dé la gana”. José Luis Segura percibe que la ciudadanía “está de uñas” con los bancos y que ese malestar ciudadano influye en los jueces: “Notamos que está habiendo más dureza en las sentencias contra los bancos, más que antes de la crisis y que antes de que la banca se cebara tanto con los usuarios como viene haciendo en los últimos años. Cada vez hay más resoluciones a favor del cliente porque los jueces saben que el consumidor es la parte más débil en esa relación con el mercado”.