UN JUZGADO ANULA UNA FACTURA DE IBERDROLA DERIVADA DE UNA PRESUNTA MANIPULACIÓN DEL CONTADOR

Iberdrola Comercialización de Último Recurso S.A.U. cometió irregularidades en la inspección y facturó un consumo tan desmesurado como irreal

Últimamente se están celebrando numerosos juicios entre compañías eléctricas y consumidores derivados de la presunta manipulación de los contadores. En unos casos son las eléctricas quienes demandan a sus clientes por negarse éstos a pagar las facturas correspondientes a los “consumos reales” alterados por la supuesta manipulación. Muchos de esos juicios terminan con la exoneración del pago a los usuarios al no demostrar las empresas la manipulación del contador. En otros casos son los consumidores quienes demandan a las eléctricas por irregularidades en las inspecciones del contador y por la imposición de facturas desmesuradas e irreales.

EKA/ACUV tiene en marcha varios procesos de este tipo. Uno de ellos, visto en el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Bilbao, concluyó el pasado 4 de enero con la sentencia que anulaba la factura de 1.978 euros que Iberdrola Comercialización de Último Recurso S.A.U. había cargado a uno de nuestros socios tras comunicarle que el contador de un apartamento que el mismo tiene en Benidorm había sido manipulado, inspeccionado y “regularizado” y que el consumo realizado durante el periodo en que el contador permaneció manipulado (un año exacto) ascendía a dicha cantidad.

Asistido por el abogado de EKA/ACUV Iñaki Velasco, el usuario demandó a dicha empresa, solicitando al juzgado la anulación de la factura, al entender que el acta de inspección no gozaba de ninguna garantía de veracidad. El consumidor no fue avisado previamente ni estuvo presente en la inspección, lo cual infringe el Real Decreto 1.725/1984, de 18 de julio, sobre verificaciones eléctricas y regularidad en el suministro de energía, que establece que “ninguna persona ajena a la empresa suministradora podrá manipular ni desprecintar los aparatos y equipos de medida y control una vez conectados, ni tampoco la empresa suministradora sin aviso previo al abonado”.

Iberdrola Comercialización de Último Recurso S.A.U. inspeccionó el contador el 19 de mayo de 2014 y se lo comunicó a su cliente dos días después, aportando, como única “prueba” del hecho, unas fotografías que, en palabras de Iñaki Velasco, “no demuestran nada porque sólo se ve un contador que no se sabe si es el del actor (el demandante) y mucho menos se puede saber si ha sido manipulado”. Además, la factura presenta importantes irregularidades porque “carece de lectura real, los apartados de lectura anterior y lectura actual se encuentran en blanco y los que se presentan como consumos reales no son tales”. Y eso vulnera el reglamento que regula las obligaciones de facturación aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

Al igual que en muchos casos similares, la factura resultaba desorbitada: 1.978 euros de consumo (en 12 meses) en un apartamento en Benidorm en el que su propietario, residente en Euskadi, sólo pasa dos meses al año.

Ante las pruebas documentales aportadas en la vista oral, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Bilbao dio la razón al consumidor y condenó a Iberdrola Comercialización de Último Recurso S.A.U. a regularizar la factura en cuestión, anulando el importe facturado de forma irregular.

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