SIETE CLAVES BÁSICAS A TENER EN CUENTA ANTES DE CONTRATAR UN “CRÉDITO RÁPIDO”
Con el presunto “fin de la crisis” y el innegable repunte del consumo han vuelto con fuerza los llamados “créditos rápidos”. Se trata generalmente de préstamos de escasa cuantía, de concesión inmediata y sin apenas requisitos, pero con intereses muy elevados y enormes penalizaciones por demora. CECU y EKA/ACUV ofrecen varias consejos básicas a tener muy en cuenta antes de contratar un préstamo de este tipo.
- Antes de pedirlo, reflexione y haga números. Siempre es preferible ajustarse el cinturón a incidir en el endeudamiento, especialmente si ya se están pagando otros préstamos. Si es imprescindible solicitar algún crédito adicional hágalo por la mínima cantidad necesaria para evitar sobreendeudarse.
- Evite las gestiones que son sólo telefónicas. Solicite una oferta vinculante por escrito del crédito que le interese contratar, con especial atención a los precios de los servicios ofertados y a las condiciones generales de contratación.
- Tenga en cuenta los tipos de interés del producto que piensa contratar. Los créditos rápidos suelen tener elevados tipos (por encima del 20%), que harán que tenga que devolver mucho más dinero del que solicitó. Sopese otras posibilidades de financiación.
- Además, en caso de impago por su parte, se puede enfrentar a graves consecuencias como embargos, elevados intereses de demora, recargos, comisiones…
- Consulte el folleto de tarifas donde pueda ver qué gastos y comisiones le pueden repercutir y a qué conceptos corresponden.
- Recuerde que en caso de suscribir un contrato con un intermediario financiero tiene un plazo de catorce días naturales para desistir del contrato sin penalización alguna y sin tener que especificar la causa.
- Ante cualquier duda póngase en contacto con su asociación de consumidores para recibir asesoramiento personalizado.