AVISO: DATOS QUE PUEDE SOLICITARTE LEGALMENTE EL BANCO

Las entidades de crédito están sometidas a la normativa de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Por este motivo, aunque nos parezca algo fuera de lugar, sí que pueden pedir tener acceso a nuestros datos económicos. Os hacemos llegar en este post el aviso que remite al respecto el Banco de España según la normativa vigente:

-Son sujetos obligados: las entidades de crédito, las entidades aseguradoras, las empresas de servicios de inversión, las entidades gestoras de fondos de pensiones, las entidades de pago, los promotores inmobiliarios, los auditores de cuentas, los notarios, y los registradores de la propiedad.

-Las entidades de crédito, por ello, deberán exigir una determinada documentación a aquellas personas físicas o jurídicas con las que pretendan establecer relaciones de negocio y realizar operaciones.

-Nos exigirán, tanto documentos de identificación personal, como de nuestra actividad profesional o empresarial. No obstante, dicha normativa no fija cuáles son los documentos que las entidades financieras nos pueden solicitar. Por lo tanto, nos podrán reclamar cualquier documento que les permita conocer el origen de nuestros fondos, así como la naturaleza de nuestra actividad profesional o empresarial: lo más común es la declaración de la Renta.

-Esta documentación es utilizada para que las entidades puedan realizar las comprobaciones oportunas y pueden conservar una copia. Todo ello, insistimos, cumpliendo con la normativa de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

-Estas medidas no solo deberán aplicarse en el caso de nuevos clientes, sino también a los clientes existentes, ya que los datos de que disponen las entidades financieras deben estar actualizados.

-Si no presentamos la documentación requerida, la entidad podría proceder al bloqueo de la cuenta. Sin embargo, el Banco de España considera que antes de recurrir a ello, nos debe avisar y justificar las razones en que se fundamenta.

-La documentación entregada está expresamente protegida por la normativa de protección de datos de carácter personal con un nivel de protección alto.

Lo más común en estos casos suele ser una petición por parte del banco de la declaración de la renta o cualquier otra certificación de ingresos como las últimas nóminas. Para más información, se puede consultar la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010.

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