INSPECCIONES Y REVISIONES DE GAS
El pasado 13 de octubre entró en vigor el Decreto 125/2016, de 6 de septiembre, en el que se establece que la instalación de gas debe pasar una revisión o una inspección cada cinco años. Este decreto sustituye a la normativa anterior, que hasta la fecha fijaba un plazo de cuatro años en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Las inspecciones y revisiones deben realizarse dentro del año natural que corresponda desde la fecha de la puesta en marcha de la caldera o desde la última supervisión efectuada. La empresa distribuidora o suministradora debe comunicarte, con al menos tres meses de antelación, que te corresponde realizar la inspección o revisión de la instalación. El aviso debe contener la siguiente información:
- Fecha de la última inspección o revisión o, en su caso, la fecha de puesta en servicio.
- Código universal de punto de suministro (CUPS) o número de referencia unívoco.
- Teléfono gratuito de atención.
- Indicación de que, si la empresa instaladora efectúa el control, será ésta la que comunique a la compañía suministradora o distribuidora el resultado.
- Referencias a la normativa aplicable.
Si se trata de una inspección, el aviso además deberá comunicarte lo siguiente:
- Opción de elegir quién quieres que la realice.
- Fecha límite para efectuar y para presentar el certificado de inspección, en caso de contratar una empresa habilitada.
- La semana prevista a realizarla, si lo va a efectuar la empresa distribuidora.
• Precio, con IVA incluido, entre el que se encuentra el coste de la propia inspección y su gestión (remitir los avisos, recibir las inspecciones, y controlar las correcciones de los defectos).
Inspección
Se realiza sobre instalaciones conectadas a redes de distribución de gas natural o propano o a depósitos de propano que dan servicio a más de una persona. El control podrá hacerlo la propia distribuidora de gas o una empresa instaladora de gas habilitada que tú elijas.
Revisión
Se efectúa sobre instalaciones diseñadas para dar servicio a una sola persona, bien con bombonas o bien con depósitos de propano. El control solo puede realizarlo una empresa instaladora de gas habilitada que tú elijas o los servicios técnicos de la suministradora.
Derecho a elegir quién realiza la inspección
Puedes contratar la inspección con cualquier empresa instaladora de gas habilitada que aparezca en el listado disponible en la página web de Industria del Gobierno Vasco (http:// bit.ly/2j10A1M). En caso de no indicar nada, la empresa distribuidora se encargará de realizar la inspección y deberá comunicarte la fecha y hora concreta para ello.
Una vez realizada la inspección, se entregará el certificado correspondiente, en el que deberá aparecer el resultado del control. En caso de haber detectado algún defecto, deberá calificarse como:
- Defecto grave: puede implicar un riesgo inminente de accidente. Si el personal inspector no puede corregirlo en el momento, deberá precintar la instalación.
- Defecto leve: supone un menor riesgo o una vulneración de las disposiciones reglamentarias y deberá ser subsanado con la mayor brevedad posible. La corrección debe comunicarse a la empresa suministradora o distribuidora antes de dos meses.
Suspensión del suministro por falta de inspección o revisión
Si no efectúas la revisión o inspección en el plazo correspondiente, la empresa distribuidora o suministradora deberá suspenderte el suministro. Antes de proceder, deberán requerirte para que realices lo siguiente, en función de si se trata de instalaciones sometidas a:
Inspección: El requerimiento te otorgará dos meses para contactar con la compañía y comunicarle un nuevo día y una hora para que pase a realizar la inspección. Este nuevo aviso señalará que, si no haces el control, te suspenderá el suministro.
Revisión: Te otorgará un mes para que una empresa instaladora la realice y la presente. El aviso también precisará que, si no lo haces, te suspenderá el suministro.
Precio de la inspección o revisión
Recuerda que no debes pagarle nada al personal de mantenimiento cuando acuda a tu domicilio o local. El abono lo harás a través de la siguiente factura de gas, con independencia de que el control lo efectúe la empresa distribuidora o una instaladora habilitada.
En las revisiones, el coste del control es el que hayas contratado con la empresa instaladora habilitada.
—Las inspecciones y revisiones deben hacerse cada 5 años.
—El precio, se abona en la siguiente factura de gas.