Métodos para evitar la publicidad no deseada y procedimientos para denunciarla

La publicidad no deseada es un clásico de los problemas a diario y está visto que genera mucha molestia a la mayoría de personas usuarias. Afortunadamente, existen varios métodos para evitarla y denunciarla si es necesario.

Recientemente hemos visto cómo un juzgado de Zaragoza ha condenado a indemnizar con 6.000 euros a un cliente de Vodafone por acoso telefónico. El hombre recibía llamadas constantes y reiteradas, aún habiendo dejado constancia previamente de que no se le hicieran. El fallo concluyó que lo denunciado por el ciudadano procedía de una actividad comercial avasalladora, considerando que no se respetaba su derecho a la intimidad que le afectaba en su horario laboral y en su tiempo imprescindible de tranquilidad y oportuno descanso.

¿Realmente compensa a las grandes compañías pagar este tipo de sanciones a cambio de saltarse la normativa? En este artículo te contamos algunas formas efectivas para hacer frente a la propaganda invasiva, y cómo denunciar a las empresas o plataformas que se muestran al otro lado.

¿Te has apuntado ya a la lista Robinson?

Seguro que has oído más de una vez hablar de ella. Funciona como un fichero de exclusión publicitaria y está gestionado por la Asociación Española de Economía Digital (ADIGITAL). Al inscribirte en esta lista, puedes elegir el medio o canal de comunicación a través del cual no deseas recibir anuncios (correo postal, llamadas telefónicas, correo electrónico o cualquier otro medio). Una buena solución para evitar las llamadas telefónicas dirigidas a promocionar los productos o servicios de empresas a las que no has prestado tu consentimiento para que te hagan llegar su publicidad, o directamente de las que no eres cliente.

En este sentido, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) informa de que la inscripción es eficaz a partir del segundo mes desde la fecha del registro de los datos, por lo que es posible que mientras tanto sigas recibiendo alguna comunicación comercial. Si transcurrido ese periodo de tiempo continúan las llamadas, puedes bloquear ese número de teléfono en tu móvil (la mayoría de dispositivos disponen de esta opción en el menú de la llamada que queda registrada en “recientes”).

Si deseas inscribirte en la Lista Robinson puedes hacerlo a través de el siguiente enlace:

Apúntate a la lista Robinson

Mensajería y mailing

El sistema de los SMS sigue siendo un gancho común utilizado por el comercio para atraparte con su propaganda. Adquirir algún artículo en una tienda o el mero hecho de participar en un sorteo hace que, en muchas ocasiones, debamos aceptar su política que conlleva la cesión de nuestros datos para determinadas gestiones (contactar con nosotros si resultamos ganadores del premio, envío del producto en caso de compras online, notificación de avisos sobre las condiciones contempladas para cambios y devoluciones, etc). No obstante, como personas consumidoras, tenemos derecho a dejar de recibir estas comunicaciones comerciales, informando al establecimiento en cuestión de que queremos que se cancelen los datos que figuran en su base. Si con todo persisten los envíos, no dudes en bloquear ese contacto.

En el caso de los correos electrónicos,podemos configurar los filtros anti-spam en nuestra agenda. Muchos proveedores de mailing ofrecen esta función, que permite bloquear los correos de remitentes no deseados o que contienen determinadas palabras clave. Además, se puede configurar para que se muevan automáticamente a la carpeta de spam, evitando así que llenen la bandeja de entrada.

Te recomendamos también usar aplicaciones de bloqueo en este sentido. Hay varias disponibles en la mayoría de tiendas de apps que pueden ayudarte a que no te lleguen este tipo de contenidos. Busca aquellas que tengan buenas críticas y descarga la que mejor se adapte a tus necesidades.

Ten en cuenta que puedes cancelar las suscripciones en cualquier momento. Si los mensajes no deseados provienen de una empresa a la que te has suscrito previamente, verifica si existe una opción para anular la misma en la propia notificación de correo. De no encontrar la opción de darse de baja, navega en la página web de la empresa y trata de localizar información acerca de la persona responsable del tratamiento de datos. Todos los consentimientos deberán darse mediante un acto afirmativo claro que refleje nuestra voluntad de aceptar ese tratamiento de datos. No será válido nuestro consentimiento si nos envían una comunicación indicándonos que si no contestamos se entiende que hemos prestado dicho consentimiento.

La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL) ha diseñado un sistema gratuito de mediación voluntaria, en funcionamiento desde enero de 2018, para obtener una respuesta ágil en reclamaciones que puedan afectar al tratamiento de datos de carácter personal de la ciudadanía.

Acude al procedimiento aquí.

No bajes la guardia

Recuerda que a pesar de estas medidas, todavía hay empresas que no respetan toda la privacidad. Uno de los ejemplos más recurrentes son las entidades que ofrecen préstamos rápidos o créditos al consumo. A menudo, utilizan técnicas agresivas de marketing y envían mensajes a cualquier persona sin importar si han dado su consentimiento. Es importante tomar las precauciones pertinentes a la hora de compartir nuestros datos personales en la red y leer detenidamente las políticas que aplica cada portal web. Este es un apartado común en el que se suele advertir (también en los formularios de compra) si queremos recibir comunicaciones comerciales o el seguimiento de un producto, marcando o desmarcando las casillas correspondientes.

Si tras ejercer tus derechos o poner en práctica estas sugerencias siguen enviándote publicidad no deseada, puedes poner una reclamación ante la AEPD aportando la documentación pertinente.

Toda la información relativa a su presentación en el siguiente enlace:

¿Qué documentación debo presentar ante la AEPD? (punto 9)

Realizar propuestas no deseadas y reiteradas por teléfono, correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia constituye una infracción en materia de consumo, salvo en las circunstancias y en la medida en que se justifique legalmente para cumplir una obligación contractual. Este tipo de prácticas se consideran agresivas por acoso y son desleales con las personas consumidoras.

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