¿Te han contestado que tu reclamación de gastos hipotecarios ha prescrito? Descubre por qué no es cierto
¿Te han contestado que tu reclamación de gastos hipotecarios ha prescrito? Descubre por qué no es cierto
Tal y como a estas alturas seguro conocerás, en los últimos años miles de personas han reclamado a sus entidades financieras por los gastos abusivos en la constitución de sus hipotecas. Este movimiento se consolidó a raíz de varias sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que recientemente consideraron nulas las cláusulas que obligaban a las personas consumidoras a asumir la totalidad de estos gastos.
Sin embargo, y tras el aluvión de reclamaciones que esto supuso, algunas entidades han comenzado a responder utilizando una estrategia que busca confundir y desanimar a las personas que están reclamando: argumentar que la acción ha prescrito.
¿Qué es la prescripción y por qué este argumento no es válido en tu reclamación?
Existen plazos legales para ejercer nuestros derechos. Una vez que en dicho plazo no se haya reclamado, se entiende que la acción ha prescrito y ya no puede ejercitarse. En este contexto, algunas entidades financieras están alegando esta circunstancia argumentando que ya han pasado cinco años desde que se hizo una primera reclamación o desde la firma de la hipoteca. Sin embargo, esto no es correcto y podría estar induciendo a error a muchas personas consumidoras.
La realidad sobre el plazo de prescripción
Y es que, según la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, el plazo de prescripción de cinco años no comienza desde que firmaste tu hipoteca ni desde que hiciste tu primera reclamación. Este plazo debe contarse desde la fecha en que se declaró la nulidad de la cláusula abusiva, es decir, desde que un tribunal haya determinado que dicha cláusula es contraria a la ley. Si la nulidad no ha sido declarada en tu caso, la prescripción no corre.
Si realizaste una reclamación en 2017 y la entidad no te respondió o te ignoró, esto no significa que hayas perdido el derecho a reclamar ahora, especialmente si la nulidad de la cláusula fue declarada más tarde. El plazo de prescripción empezaría a correr desde esa declaración judicial.
En este sentido, desde EKA hemos detectado recientemente que algunas entidades financieras han optado por una estrategia que desde la asociación vemos muy peligrosa: responder a las nuevas reclamaciones diciendo que la acción ya ha prescrito porque la persona consumidora reclamó hace más de cinco años, en un intento por eludir su responsabilidad. Este argumento es totalmente falso, pero puede desanimar a muchas personas que, sin la información adecuada, pueden creer que han perdido la oportunidad de recuperar su dinero.
¿Qué puedes hacer si te contestan que tu reclamación ha prescrito?
Si tu entidad bancaria te ha contestado que tu reclamación ha prescrito, es fundamental que no aceptes esta respuesta y que sigas los siguientes pasos:
1- Recopila toda la documentación
Reúne todas las pruebas y documentos que tengas sobre tu hipoteca, tus reclamaciones previas y la respuesta de la entidad bancaria.
2- Consulta con una asociación de consumidores o un abogado especializado
Existen organizaciones, como EKA, que pueden asesorarte sobre tus derechos y sobre la viabilidad de tu reclamación, además de ayudarte a presentar una nueva demanda.
3- No aceptes respuestas confusas
Las entidades están obligadas a ofrecer respuestas claras y veraces. Si detectas contradicciones o confusión en su contestación, eso puede ser una señal de que están tratando de eludir su responsabilidad.
En definitiva, si el arriba descrito es tu caso y has recibido recientemente una respuesta de tu banco argumentando la prescripción, recuerda que no es cierto y que tienes derecho a reclamar tus gastos hipotecarios. Ante esta estrategia de la entidad financiera para eludir su responsabilidad, te animamos a que reclames lo que legítimamente te corresponde.