COMO RECLAMAR A UN VECINO MOROSO
La comunidad puede demandar ante el Juzgado de 1ª Instancia del domicilio o residencia del deudor, como también el lugar en que radica la finca, establecida dicha competencia de forma imperativa en el art. 813 LEC. En cualquier caso, en la práctica, lo normal es presentar la petición inicial ante el Juzgado de Primera Instancia del … Leer más