La Audiencia Provincial de Alava declara nula por abusiva el cobro de la Comisión por Reclamación de Posiciones Deudoras.
Entre otros argumentos la Audiencia Provincial de Alava :
- considera que dicha comisión no supone ningún servicio al cliente y que únicamente beneficia a la entidad
- además supone una indemnización desproporcionada al existir ya el interés de demora para el caso de los impagos
- y trasladaría la carga de la prueba de la existencia de la reclamación y su contenido al cliente
Por ello, considera que dicha comisión es abusiva y por tanto nula.
Laboralkutxa, una vez la sentencia sea firme, deberá dejar de aplicar dicha comisión en todas sus operaciones y abonar las cantidades cobradas indebidamente durante todos este tiempo.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
Esta sentencia se une a las ya existentes frente a Kutxabank (la cual es firme al haber rechazado el T.S. el recurso de casación interpuesto) y Abanca, Bankia y Banco Santander (recurridas ante el tribunal supremo).
POR TANTO DESDE EKA/ACUV INSTAMOS A TODAS LAS ENTIDADES FINANCIERAS A QUE DEJEN DE INMEDIATO DE APLICAR DICHA COMISIÓN Y DEVOLVER LOS IMPORTES COBRADOS INDEBIDAMENTE Y ANIMAMOS A TODOS LAS PERSONAS CONSUMIDORAS AFECTADAS QUE PROCEDAN A RECLAMAR, PARA LO QUE NOS PONEMOS A SU DISPOSICIÓN.