EL TRIBUNAL SUPREMO CONFIRMA QUE LA COMISIÓN POR RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS ES NULA POR ABUSIVA

13 de octubre de 2024

Todo comienza con una demanda presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca EKA/ACUV frente al BANCO SANTANDER, ejercitando una acción de cesación frente al cobro de dicha comisión, solicitando que se dejase de aplicar y se eliminase de todos los contratos suscritos con personas consumidoras.

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso presentado por el Banco frente a la Sentencia dictada por la A.P. de Álava que declaraba nula la comisión por reclamación de posiciones deudoras (números rojos) y es firme.

Considera el Tribunal Supremo que ya se ha pronunciado sobre esa cuestión y por tanto está resuelta, a pesar de que el Banco alegaba que su comisión era diferente a aquella sobre la que ya se había pronunciado el Alto Tribunal, porque se cobraba una sola vez y se utilizaba para compensar los gastos por las gestiones para regularizar este tipo de deudas.

Este argumento es rechazado y en consecuencia BANCO SANTANDER, al igual que el resto de entidades, debe dejar de aplicar dicha comisión a sus clientes. La comisión en cuestión se devengaba en el momento en que teníamos una cuenta en números rojos y nos mandaban un aviso, ascendiendo en este caso a 39 €.

Que no te engañen

Desde EKA/ACUV recomendamos a todas las personas afectadas que presenten una reclamación por escrito en su oficina de referencia. En caso de no ser atendidas, pueden acudir a nuestra asociación donde les ayudaremos con los trámites del proceso.

Hay que señalar que ya son varias las comisiones declaradas nulas además de ésta. Entre otras, la comisión por ingreso y retirada de efectivo en ventanilla, así como la que se venía cobrando por realizar operaciones que pueden hacerse mediante el cajero.

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