Tramitación de Testamentaría: abusos de tu banco en el momento más delicado

Tramitación de Testamentaría: abusos de tu banco en el momento más delicado

Últimamente, desde EKA, hemos detectado una problemática cada vez más recurrente que afecta a muchas personas durante la tramitación de testamentarías. Y es que, las entidades financieras, aprovechando la situación de vulnerabilidad de las y los herederos, están cobrando comisiones abusivas por servicios que, en realidad, no están prestando. A continuación, te lo contamos.

¿Qué está ocurriendo exactamente?

Imagínalo por un momento: acaba de perder a un ser querido y, en medio del duelo, te encuentras con la responsabilidad de tramitar su testamento. Buscas el respaldo de un profesional y acudes al notario, quien se encarga de llevar a cabo todo el proceso de repartición de bienes y generación de la participación de herencia, ofreciendo un servicio indispensable más si cabe en el momento tan delicado que estás viviendo.

Sin embargo, una vez obtenido este documento, te enfrentas a un obstáculo extra al acudir a tu entidad financiera correspondiente para realizar la retirada del importe heredado. Sorprendentemente, te encuentras con que el banco te cobra un importe adicional por realizar esta gestión, bajo la premisa de haber prestado un supuesto servicio.

¿Cuál es la práctica abusiva?

Lo alarmante es que, en realidad, este “servicio” nunca fue brindado por la entidad financiera, sino por el notario, durante el paso anterior. Entonces, ¿por qué se cobra una tarifa extra por algo que el banco no ha hecho? Esta práctica abusiva, disfrazada de un servicio innecesario, se traduce en facturas que oscilan entre los 80 y 120 euros, sin contar el IVA.

Es importante señalar que este cobro adicional por parte de los bancos va en contra de los derechos fundamentales de las y los consumidores. Según la normativa vigente, las entidades financieras no tienen justificación para cobrar por un servicio que no han prestado, especialmente cuando este ha sido realizado por un profesional externo.

La ley es clara: el banco no nos debe cobrar este servicio

Con la ley en la mano, podemos diagnosticar que la entidad podrá cobrar esta comisión cuando oriente a las y los herederos sobre la documentación o trámites necesarios para acceder a esos fondos, llegando a prestar un servicio asimilable al de un profesional externo. Para ello, será preciso que los herederos sean informados previamente de la comisión a cobrar por la entidad y acepten ese servicio. Eso sí, la comisión solo podrá cobrarse una vez finalizado el expediente.

En muchos casos, sin embargo, los propios herederos recaban la documentación necesaria por su cuenta o sirviéndose de profesionales externos como un notario, un abogado o una gestoría. Así, una vez presentada, la entidad se limita a realizar una mera comprobación que los legitima para ejercer sus derechos. Realizada tal comprobación, además, debe facilitar al menos una manera gratuita para que los herederos dispongan de los fondos (transferencia, efectivo, cheque, etc.).

Según el Banco de España, dicha verificación (bastanteo) supone una actividad que la entidad realiza en su deber de diligencia y que, en sí misma, no supone la prestación de un servicio bancario a los clientes. En consecuencia, el cobro de la comisión no estaría justificado de ningún modo.

¿Qué hago si me veo en esta situación?

No nos engañemos, cualquiera podría verse en una situación así. Por este motivo, en caso de que algún día identifiques esta situación, desde EKA recomendamos seguir los siguientes pasos:

1- Consultar con un profesional

Antes de realizar cualquier trámite, asegúrate de contar con el apoyo de un notario o abogado de confianza.

2- Revisar las comisiones

Examina detalladamente las comisiones que te pretende cobrar la entidad financiera y pregunta por cada uno de los conceptos.

3- Solicitar información por escrito

Pide que te informen por escrito sobre las comisiones y los servicios que supuestamente están prestando.

3- Denunciar las irregularidades

Si identificas que, efectivamente, estás siendo víctima de una práctica abusiva, no dudes en denunciarlo ante las autoridades competentes y buscar asesoramiento en asociaciones de consumidores como EKA.

Ante hechos de este tipo, es fundamental tener herramientas y conocimiento. Por ello, desde EKA, continuaremos poniéndote en alerta para que, cuando este tipo de situaciones ocurran, sepas cómo actuar y cuáles son tus derechos como persona consumidora.

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